EL NUEVO CONTROL DEL AGUA

Con la entrada en vigor de la Ley General de Aguas, publicada el 11 de diciembre de 2025, el panorama del manejo del agua en México ha cambiado de raíz, redefiniendo quién tiene el control real sobre este bien indispensable para la vida. El principio fundamental se mantiene inalterable: conforme al Artículo 27 Constitucional, todas las aguas siguen siendo propiedad inalienable e imprescriptible de la Nación. Sin embargo, lo que se ha transformado profundamente es cómo se administra, otorga y transmite el derecho de uso, poniendo fin a décadas en que las concesiones funcionaban casi como propiedad privada negociable.
La autoridad máxima sigue siendo la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), órgano desconcentrado de SEMARNAT, que ejerce el control en nombre del Ejecutivo Federal. Pero ahora cuenta con facultades mucho más amplias y estrictas: podrá revisar, reordenar y reasignar los más de 535 mil títulos de concesión existentes cuando el interés público o la escasez lo exijan. Se ha establecido de manera irrenunciable la prioridad absoluta del consumo humano y doméstico sobre cualquier uso agrícola, industrial o inmobiliario, un principio que antes quedaba supeditado a intereses de poder económico.
El cambio más trascendental, y que ha modificado el equilibrio del recurso es la prohibición de transferir libremente las concesiones. Ya no se puede comprar, vender ni heredar el derecho al agua como si fuera una mercancía. Se elimina así el mercado especulativo que durante décadas permitió a particulares y empresas acaparar volúmenes enormes, revenderlos a precios especulativos o traspasarlos automáticamente al vender propiedades. Ahora, cualquier transmisión requiere aprobación expresa de CONAGUA, que puede negarla sin más trámite si el recurso está sobreexplotado o no se cumple con el pago de derechos.
Estados, municipios y comunidades indígenas ganan mayor voz en la gestión local, pero la decisión final sobre el recurso sigue siendo federal. El Estado recupera la capacidad de redistribuir el agua donde más se necesita, poniendo fin a la lógica de que quien llegó primero, o tiene más recursos, se queda con el recurso. La ley reafirma una verdad esencial: nadie es dueño del agua, solo la Nación, y el Estado tiene el deber de administrarla para el bien común, no para beneficio de unos cuantos.
¡Ojo! … Quedamos en manos de la buena Fe o la corrupción de los que gobiernan; por lo tanto, la teoría es una y la realidad puede ser otra.
